¿Qué es?
La Unidad de Información Financiera (UIF) tiene a su cargo el análisis, tratamiento y transmisión de la información recibida, a fin de prevenir e impedir el lavado de activos provenientes de los delitos de tenencia y comercialización ilícita de estupefacientes, contrabando de armas, actividades de una asociación ilícita o de una asociación ilícita terrorista, fraudes y otros delitos contra la Administración Pública, prostitución de menores y pornografía infantil y financiación del terrorismo.
Entre las facultades que posee la UIF se encuentra la de solicitar informes, documentos, antecedentes y todo otro elemento que estime útil para el cumplimiento de sus funciones, a organismos públicos, nacionales, provinciales o municipales, y a personas humanas o jurídicas, públicas o privadas, quienes estarán obligados a proporcionarlos dentro del término que se les fije, bajo apercibimiento de ley.
Antecedentes normativos
Convención de Viena 1988 | Ley Nacional de Estupefacientes 23737 | Convención de Las Naciones Unidas 2000 | Código Penal |
Ratificada por ley argentina 24072 Promover la cooperación entre países contratantes para el tratamiento del tráfico ilícito de estupefacientes y psicotrópicos. | Su Art. 25 se relaciona con la represión de inversión, venta, etc. de cosas o bienes o beneficios provenientes de los delitos de lavado de activos fruto de actividades vinculadas con estupefacientes. | El propósito de la Convención fue promover la cooperación para prevenir y combatir más eficazmente la delincuencia organizada transnacional. | Art. 277 y 279 Encubrimiento |