¿Qué es?

La Unidad de Información Financiera (UIF) tiene a su cargo el análisis, tratamiento y transmisión de la información recibida, a fin de prevenir e impedir el lavado de activos provenientes de los delitos de tenencia y comercialización ilícita de estupefacientes, contrabando de armas, actividades de una asociación ilícita o de una asociación ilícita terrorista, fraudes y otros delitos contra la Administración Pública, prostitución de menores y pornografía infantil y financiación del terrorismo.

Entre las facultades que posee la UIF se encuentra la de solicitar informes, documentos, antecedentes y todo otro elemento que estime útil para el cumplimiento de sus funciones, a organismos públicos, nacionales, provinciales o municipales, y a personas humanas o jurídicas, públicas o privadas, quienes estarán obligados a proporcionarlos dentro del término que se les fije, bajo apercibimiento de ley.

Antecedentes normativos

Convención de Viena 1988 Ley Nacional de Estupefacientes 23737 Convención de Las Naciones Unidas 2000 Código Penal
Ratificada por ley argentina 24072 Promover la cooperación entre países contratantes para el tratamiento del tráfico ilícito de estupefacientes y psicotrópicos. Su Art. 25 se relaciona con la represión de inversión, venta, etc. de cosas o bienes o beneficios provenientes de los delitos de lavado de activos fruto de actividades vinculadas con estupefacientes. El propósito de la Convención fue promover la cooperación para prevenir y combatir más eficazmente la delincuencia organizada transnacional. Art. 277 y 279 Encubrimiento