¿Qué medidas se toman?
La AFIP fijó su compromiso con la lucha contra el flagelo del lavado de dinero con la adhesión al marco normativo de la Organización Mundial de Aduanas para asegurar y facilitar el comercio global. La organización se alineó y comprometió con la necesidad de diseñar mecanismos para aumentar el control sobre el terrorismo, el narcotráfico, las prohibiciones no económicas, el lavado de dinero y el fraude marcario.
Desde esta óptica, la AFIP brinda a la Unidad de Información Financiera (UIF) colaboración y apoyo en materia de información, teniendo la obligación de informar sobre operaciones sospechosas de lavado de dinero en su carácter de organismo de la Administración Pública que ejerce funciones regulatorias, de control y supervisión sobre actividades económicas.
Prevención y control
- Normas de control y regulatorias: si bien son potestad de los organismos de contralor, pero obviamente se requiere una plena colaboración de los controlados
- Sistema financiero y cambiario: tienen obligación de registrar determinadas transacciones cuyos importes superen ciertos montos fijados por las autoridades regulatorias
- Obligación de informar “operaciones sospechosas”, que son aquellas transacciones que de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad que se trate, como así también la experiencia e idoneidad de las personas obligadas a informar, resulten inusuales, sin justificación económica o jurídica.