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Evento 2211 - ¿Cómo se denuncia el domicilio? ¿Cómo se modifica el mismo?
18/06/2020 12:00:00 a.m.

La denuncia, constitución o cambio de domicilio, se efectuará accediendo al servicio web denominado "Sistema Registral" opción "Registro Único Tributario". Allí visualizará la tarjeta con el título "Domicilios" y, presionando el botón "Modificar Datos," podrá efectuar los cambios necesarios sobre el domicilio fiscal, legal/real y locales o establecimientos o bien incorporar otros domicilios que no se encuentren exteriorizados en el sistema

Una vez efectuadas las modificaciones necesarias -y guardados los cambios-, deberá presionar el botón "Siguiente" que lo dirigirá al Paso 2, donde deberá indicar si posee actividad en más de una jurisdicción.

Por último, el Paso 3 requerirá indicar la actividad económica desarrollada. En caso de ya tenerla informada, sólo deberá confirmarse.

Cabe destacar que en aquellos casos en los que el domicilio a informar pertenezca a la Provincia de Buenos Aires el servicio solicitará indicar el partido, la partida y el dígito verificador del inmueble. Cabe destacar que en total deberán ingresarse 10 números: 3 para el partido, 6 para la partida, y un dígito verificador. Estos datos se podrán encontrar en el Impuesto Inmobiliario.

En el caso de modificar el domicilio Fiscal, el sistema genera un código de confirmación de domicilio que el contribuyente recibirá a través del correo postal, y deberá ingresarlo en el sistema para completar el trámite.

En ese momento deberá ingresar a la opción "Confirmación de Domicilio Fiscal", que se encuentra dentro del servicio con clave fiscal "Sistema Registral" en la opción "Registro Tributario" >> "Domicilio", para ingresar el código recibido y luego presionar el botón "Confirmar". Al seleccionar la misma, el Sistema presenta una pantalla de confirmación de la acción:

1. Seleccione SI para confirmar la operación.

2. Caso contrario, seleccione NO.

Al seleccionar SI, el sistema procesa el código ingresado y da por concluida la operación.

Si el código ingresado no fuera correcto o ya lo hubiera ingresado previamente, el sistema lo informará mediante el correspondiente mensaje.

Tenga en cuenta que podrá consultar los estados del trámite de alta de "Domicilio Fiscal" u "Opcional Grandes Contribuyentes Nacionales (GCN)" a través de la pantalla "Constancia de trámites efectuados", que se encuentra dentro del servicio "Sistema Registral" en la opción de "Constancias":

- Iniciado: este estado surge de la solicitud de alta de un domicilio Fiscal u Opcional GCN, que el Contribuyente realiza por Internet.

- Aceptado: estado derivado del anterior, luego que AFIP haya realizado las validaciones correspondientes.

- Enviado al Correo: a partir de esta instancia y luego de aceptado el pedido de alta de domicilio, la AFIP envía al Correo la nota conteniendo el código de confirmación de domicilio.

- Confirmado por el Usuario: luego que el Contribuyente hubiere recibido la carta del Correo con el código de confirmación e ingresado el mismo en la pantalla de confirmación de domicilio, desde la presente aplicación.

- No enviado al correo: este estado corresponderá a un domicilio Fiscal u Opcional GCN que se encuentra en trámite de alta y, antes que AFIP hubiere enviado el código por correo postal por dicho domicilio, el Contribuyente solicita por Internet el alta de un nuevo domicilio.

- Rechazado: este estado corresponderá a un domicilio Fiscal u Opcional GCN que se encuentra en trámite de alta y, antes que AFIP hubiere enviado el código por correo postal, el Contribuyente solicita en Agencia el alta de un nuevo domicilio.

- Archivado: si en un plazo de 30 días el Contribuyente no confirmó el domicilio Fiscal u Opcional GCN, es decir, no ingresó el código en la presente pantalla, el sistema dará de baja la solicitud de alta.

IMPORTANTE:

Este Organismo podrá limitar la modificación del domicilio fiscal mediante el procedimiento dispuesto por el primer párrafo, en función de la categoría asignada al contribuyente en el "Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)".

Cuando el responsable se encuentre imposibilitado de realizar el cambio por transferencia electrónica, deberá efectuar la denuncia de la modificación - exclusivamente - ante la dependencia de este Organismo con jurisdicción sobre el domicilio que pretende modificar. En ese caso, debe sacar turno web obligatoriamente para realizar el trámite. Puede obtenerlo ingresando aquí.

Podrá visualizar una Guía Paso a Paso de todo el procedimiento, ingresando aquí

Para obtener mayor información deberá ingresar en el Micrositio "Registro Único Tributario".


Fuente: Art. 2 RG 10/97, Art. 25 RG 2109/06 y RG 4624/19



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