ID 8846378 ¿Cómo se debe calcular el importe de la retención en las operaciones de cambio o permuta?
13/02/2009 12:00:00 a.m.
Las retenciones se efectúan únicamente cuando el precio se integre total o parcialmente mediante una suma de dinero. Por ello, en las operaciones de cambio o permuta, cuando las obligaciones se cancelen dando un bien o mercadería como pago, la retención se practicará solo si hay parte del precio pagado en dinero.
En tal caso, el agente de retención deberá informar dicha situación de acuerdo a lo establecido por la RG 2233/07 -Sistema de Control de Retenciones (SICORE)-.