ID 876141 ¿Cuál es el monto mínimo de los anticipos?
20/05/2016 12:00:00 a.m.
Corresponderá efectuar el ingreso de los anticipos cuando el importe que se determine resulte igual o superior a la suma que para caso, se establece a continuación:
- Explotaciones unipersonales o personas físicas titulares de inmuebles rurales: $ 1.000.-