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ID 852468
¿Cómo se calcula el importe de los anticipos para el período fiscal 2019?
13/07/2020 12:00:00 a.m.

El importe de cada anticipo se determinará restando al monto total de los bienes gravados determinado en la declaración jurada del período fiscal 2018, el importe declarado en dicho período en concepto de inmueble con destino casa-habitación, siempre que el mismo resulte igual o inferior a $18.000.000.-; y la incidencia que el importe así detraído tenga en la presunción referida a objetos personales y del hogar.

Sobre el nuevo valor total de los bienes que exceda los $2.000.000.- se aplicará la alícuota que corresponda de acuerdo a la alícuota prevista en el Art. 25 de la Ley de impuesto sobre los Bienes Personales.

Al impuesto así determinado se le detraerá, de corresponder, la suma computada como pago a cuenta de los gravámenes similares pagados en el exterior.

Sobre el monto resultante se aplicará el 20%, a fin de determinar el importe de cada anticipo.

Aclaración: El importe de los anticipos determinados conforme al procedimiento descripto, será puesto a disposición de las personas humanas y sucesiones indivisas, a través del servicio con clave fiscal "Sistema de Cuentas Tributarias".


Fuente: Art. 22 RG 2151/06 y Art. 2 RG 4524/19



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