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ID 823267
¿Debo entregar algún comprobante por la retención realizada?
05/10/2009 12:00:00 a.m.

Los agentes de retención entregarán a los sujetos pasibles de la retención, en el momento de efectuarla, un comprobante firmado por persona debidamente autorizada, en el que se consignará:

a) Fecha de emisión y numeración consecutiva y progresiva del comprobante.

b) Apellido y nombres, denominación o razón social, domicilio fiscal y CUIT del agente de retención.

c) Tipo y número del comprobante que da origen a la retención.

d) Apellido y nombres, denominación o razón social, domicilio fiscal y CUIT del sujeto pasible de la retención.

e) Concepto e importe sobre el cual se practicó la retención.

f) Importe retenido.

g) Apellido y nombres y carácter que reviste la persona habilitada para suscribir el comprobante.

Cuando el sujeto pasible de la retención sea una Unión Transitoria de Empresas (UTE), que haya informado el CUIT y participación de sus integrantes, el agente de retención deberá emitir y entregar a dicho sujeto un comprobante de retención por cada uno de sus componentes y, en el caso de corresponder, otro para el mencionado ente. Los comprobantes de retención deberán cumplir con los requisitos previstos precedentemente.


Fuente: Art. 13 y 14 RG 2682/09



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