La información deberá corresponder a los ingresos al país de sumas de dinero efectuadas durante cada mes calendario, y deberá presentarse hasta el día del mes inmediato siguiente al que corresponda al período a informar, que para cada caso se indica en el siguiente cuadro:
Terminación N° C.U.I.T.
Fecha de Vencimiento
0-1
Hasta el día 24, inclusive
2-3
Hasta el día 25, inclusive
4-5
Hasta el día 26, inclusive
6-7
Hasta el día 27, inclusive
8-9
Hasta el día 28, inclusive
Cuando alguna de las fechas de vencimiento general indicadas precedentemente coincida con día feriado o inhábil, la misma, así como las posteriores, se trasladarán correlativamente al o a los días hábiles inmediatos siguientes.