ID 7675378 ¿Puedo transferir los bienes ingresados a través del Régimen de Equipaje?
14/07/2008 12:00:00 a.m.
La propiedad o tenencia de los efectos que hubieren sido importados por la vía de equipaje con exención del pago del tributo único, no puede ser objeto de transferencia a título oneroso por el plazo de 18 meses, contados a partir de la fecha de su introducción a plaza y por el plazo de 3 años para aquellos que ingresen con el pago del tributo único.