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ID 761538
¿Quiénes se encuentran obligados a realizar la presentación del régimen informativo de precios de transferencia?
20/12/2019 12:00:00 a.m.

Se encuentran obligados a realizar la presentación del régimen informativo de precios de transferencia los contribuyentes y responsables que seguidamente se indican:

a) Que realicen operaciones con personas o entidades vinculadas constituidas, domiciliadas, radicadas o ubicadas en el exterior y estén comprendidos en alguno de los siguientes puntos:

-Las sociedades anónimas y las sociedades en comandita por acciones.

-Las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades en comandita simple.

-Las asociaciones civiles y fundaciones.

-Las sociedades de economía mixta.

-Los fideicomisos constituidos en el país, excepto aquellos en los que el fiduciante posea la calidad de beneficiario.

-Los fondos comunes de inversión.

-Los establecimientos comerciales, industriales, agropecuarios, mineros o de cualquier otro tipo organizados en forma de empresa estable, pertenecientes a entidades o sujetos constituidos o radicados en el exterior.

Otras clases de sociedades o empresas unipersonales ubicadas en el país.

-Los fideicomisos constituidos en el país en los que el fiduciante posea la calidad de beneficiario, excepto en los casos de fideicomisos financieros o cuando el fiduciante-beneficiario sea un beneficiario del exterior.

b) Que efectúen operaciones con personas físicas o jurídicas domiciliadas, constituidas o ubicadas en países no considerados cooperadores a los fines de la transparencia fiscal, exista o no vinculación.

c) Residentes en el país que realicen operaciones con establecimientos estables instalados en el exterior, de su titularidad.

d) Residentes en el país titulares de establecimientos estables instalados en el exterior, por las operaciones que estos últimos realicen con personas u otro tipo de entidades vinculadas domiciliadas, constituidas o ubicadas en el extranjero.


Fuente: Art. 5 RG 1122/01 y Dto. 589/2013



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