03/06/2008 12:00:00 a.m.
El certificado podrá solicitarse siempre que a la fecha de presentación, los contribuyentes no posean otra solicitud en trámite para el mismo despacho de importación o afectación sumaria particular, y reúnan los requisitos que seguidamente se detallan:
1. Poseer el alta en los impuestos al Valor Agregado y a las ganancias, de acuerdo con lo dispuesto por la RG 10, sus modificatorias y complementarias.
2. Tener actualizado el domicilio fiscal declarado, en los términos establecidos por la RG Nº 2109.
3. Haber presentado las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta y sobre los bienes personales, del último período fiscal, y al valor agregado y de los recursos de la seguridad social de los últimos 12 períodos fiscales, o las que corresponda presentar desde el inicio de la actividad, vencidas con anterioridad a la fecha de interposición de la solicitud.
4. No registrar deuda líquida y exigible con esta Administración Federal a la fecha de la solicitud, respecto de las obligaciones mencionadas en el inciso anterior.
5. Estar inscripto y habilitado en el Registro de Importadores y Exportadores
6. Tener C.A.I. vigente al momento de la presentación de la solicitud.
7. No integrar la base de contribuyentes no confiables.
Asimismo, cuando la ventaja invocada sea diferimiento o liberación, la mercadería a importar deberá guardar una relación directa con la actividad efectivamente desarrollada, de acuerdo al código de actividad declarado.