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ID 744632
¿Cómo procedo ante el error cometido en la declaración jurada presentada por el impuesto sobre los bienes personales, al incluir en la base imponible, mi participación en una sociedad? Excluyendo tal participación, no determino impuesto por lo que no debí haber ingresado el impuesto resultante de tal declaración jurada.
04/11/2005 12:00:00 a.m.

Ante la existencia de errores conceptuales en la declaración jurada original, la rectificativa de ésta no tendrá otro valor que su consideración como acción de repetición en virtud de la expresa prohibición contenida al respecto en la ley de procedimiento fiscal.

Además, como requisito para que prospere la repetición, deberá cancelarse previamente la declaración jurada original por la que el contribuyente mantiene su responsabilidad.


Fuente: CIT AFIP



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