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ID 736690
¿Cuáles son las formalidades que deberán cumplirse ante la publicación de edictos?
05/12/2023 11:45:10 a.m.

En todo edicto mediante el cual se publique la apertura de concursos preventivos, declaraciones de quiebras, liquidaciones administrativas, transferencias de fondos de comercio y remates comerciales o judiciales, se deberá consignar obligatoriamente la CUIT. o en su defecto, el tipo y número de documento de identidad (DNI) del concursado, fallido o liquidado administrativamente, y del trasmitente, deudor, martillero o corredor interviniente, según el caso.


 


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