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ID 726979
¿Qué información deben suministrar los productores?
21/02/2006 12:00:00 a.m.

Los productores informarán los datos correspondientes a los comprobantes, que se indican a continuación:

a) Las facturas o documentos equivalentes emitidos por las operaciones de ventas a adquirentes de productos exentos por destino, consignando en cada caso al transportista involucrado en el traslado de los productos y el código de identificación del domicilio del cliente.

b) Las notas de crédito emitidas por devolución de productos, relacionándolas con las respectivas facturas o documentos equivalentes que les dieron origen, consignando a tal efecto, el número de la factura, el código de identificación del domicilio del respectivo adquirente y el transportista involucrado en el traslado de los productos.

c) Las notas de crédito emitidas por devolución de impuesto, en oportunidad de la acreditación del destino exento.

d) Las facturas o documentos equivalentes emitidos por las operaciones de ventas exentas a clientes directos, efectuados por intermedio de adquirentes revendedores exentos, a través de sistemas de fidelización o similares.


Fuente: Art. 3 RG 1999/06



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