ID 725364 ¿A partir de qué momento debo cumplir con el régimen de información?
21/02/2006 12:00:00 a.m.
Deberán informar mensualmente las operaciones correspondientes a los productos gravados por el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, a partir del día de la publicación en el Boletín Oficial de su inclusión en el "Registro".