AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 7064116
En caso de transferencia de un bien inmueble que directamente se escritura, es decir no hubo un proceso de oferta anticipada, cuyo valor supera los $9.400.000, ¿debe generarse el COTI?
18/10/2023 03:55:39 p.m.






El COTI debe generarse por la transferencia del inmueble (igual o superior a $ 9.400.000) previo a la celebración del acto escriturario, aún cuando no haya habido negociación u oferta.

 






Fuente: Art. 3 RG 2371/07 y modificatorias



Novedades