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ID 6937648
Un residente en el país que posee fondos en el exterior y desea comprar una propiedad en la Argentina, ¿Cuáles son los requerimientos para ingresar las divisas de acuerdo al régimen de equipaje?
19/01/2017 12:00:00 a.m.

Los viajeros de cualquier categoría y los tripulantes que introduzcan al territorio argentino, en calidad de equipaje o pacotilla, dinero en efectivo y/o instrumentos monetarios, en moneda extranjera o nacional de curso legal, por un valor igual o superior al equivalente a DIEZ MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 10.000) deberán declararlo ante el servicio aduanero, al momento del ingreso al país, mediante el formulario OM-2249-A.

A tal fin, se considerará el tipo de cambio comprador correspondiente al cierre del día hábil inmediato anterior al del ingreso al país comunicado por el Banco de la Nación Argentina y se entenderá por instrumentos monetarios a cualquier medio de pago, tales como: cheques de viajero, cheques y pagarés.

Dicho formulario de declaración jurada será integrado y emitido por el servicio aduanero, así como suscripto por el declarante.


Fuente: Art. 1 RG 2704/09



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