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ID 6710474
¿El COTI debe figurar en la escritura?
24/02/2022 04:06:05 p.m.


Los escribanos quedan obligados a dejar constancia, en el protocolo y en el texto de la respectiva escritura matriz, de los siguientes datos:

a) La identificación del "Código de oferta de transferencia de inmuebles" o su inexistencia, y

b) De corresponder, la "constancia de valuación" y los certificados emitidos por este Organismo, conforme a las disposiciones contenidas en las Resoluciones Generales 2139, 2140 y 2141.

 


Fuente: Art.16 RG 2371/07



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