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ID 658111
¿Cuántos anticipos corresponden y en qué meses debo ingresarlos?
18/08/2022 03:19:56 p.m.





1. Personas jurídicas: 10 anticipos, debiendo ingresar el primero de ellos a partir del mes inmediato siguiente al del vencimiento de la declaración jurada.

2. Personas humanas y sucesiones indivisas: 5 anticipos, en los meses de: agosto, octubre, diciembre, febrero y abril.






Fuente: más información en RG 5211/22



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