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ID 6108580
¿Qué sucede en caso de no haber solicitado la baja dentro del plazo correspondiente?
24/02/2025 02:28:32 p.m.





En
el supuesto que se presente la solicitud una vez vencido el plazo
correspondiente, subsiste la obligación de cumplir todos los deberes
formales respecto de las obligaciones tributarias y de los recursos
de la seguridad social, hasta el último día del mes en que
efectivamente solicite la cancelación de la inscripción, así como
con relación a los anticipos vencidos.


Las
consecuencias jurídicas que deriven de la omisión de solicitar la
respectiva cancelación de inscripción, se atribuirán al
contribuyente y/o responsable.

Se
encuentran excluidos de la obligación de cumplir con los deberes
mencionados
en su carácter de empleadores, aquellos que hubieran presentado
fuera de término el 
Formulario
de
declaración jurada N°
931
 con la
leyenda “Sin Empleados”.





Fuente: Art. 4 RG 2322/07



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