ID 595576 Ante una denegatoria de la solicitud, ¿cuándo puedo volver a solicitarla?
28/10/2005 12:00:00 a.m.
Los contribuyentes que tengan notificada fehacientemente la denegatoria podrán desistir del trámite a efectos de comenzar uno nuevo luego de subsanar los incumplimientos que generaron el rechazo.