ID 5656574 ¿A una cooperativa que posee certificado de exención en el impuesto a las ganancias le corresponde la aplicación de la alícuota reducida del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios y otras operatorias por las operaciones en su cuenta corriente?
09/08/2016 12:00:00 a.m.
Será aplicable la reducción de la alícuota del impuesto cuando se trate de sujetos que concurrentemente tengan exenta y/o no alcanzada en el impuesto al valor agregado la totalidad de las operaciones que realizan y resulten exentos del impuesto a las ganancias.
Asimismo, en caso de no hallarse exentas en el impuesto al valor agregado las operaciones realizadas por la cooperativa, independientemente de poseer certificado de exención en el impuesto a las ganancias, no le corresponde la aplicación de la alícuota reducida.