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ID 5574604
A los efectos de adherir al Régimen de Regularización de la Ley Nº 24476, cómo debo proceder en el caso que no tenga número de CUIT?
10/05/2007 12:00:00 a.m.

A los efectos de adherir al Régimen de Regularización de Deudas previsto en la Ley Nº 24476, los contribuyentes que no tienen C.U.I.T. pero que registran C.U.I.L. o C.D.I., podrán declarar la situación de revista a través del S.I.C.A.M. (Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas), sin necesidad de presentar ante la dependencia formulario alguno.

Para conocer el procedimiento de generación de clave fiscal, ingrese aquí.


Fuente: CIT AFIP



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