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ID 556341
¿Se deben prorratear las deducciones personales en caso de haber estado inscripto en el impuesto por un plazo menor a doce meses?
13/12/2019 12:00:00 a.m.

Las deducciones personales son computables en su totalidad.

Cuando se trate de importes deducibles en concepto de cargas de familia, el cómputo procederá en forma proporcional considerando los períodos mensuales en que ocurran o cesen las causas que originen su deducción (nacimiento, casamiento, defunción, etc.).


Fuente: Art. 31 Ley Nº 20.628



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