ID 5413006 Si un contribuyente realiza la compra de un inmueble y en la escritura lo pone a nombre de su hijo, ¿a quién le corresponde declarar el valor del inmueble?
24/05/2012 12:00:00 a.m.
De tratarse de patrimonios pertenecientes a menores de edad, el Dictamen (DAT) Nº 77/96 establece que el representante del menor deberá presentar la declaración jurada, de corresponder, en nombre de éste y en consecuencia solicitarle la CUIT y el alta en el impuesto.