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ID 5405980
¿Cómo se solicita la devolución de las garantías presentadas mediante Pólizas electrónicas y Avales electrónicos?
02/06/2016 12:00:00 a.m.

Las pólizas electrónicas liberadas serán dadas de baja electrónicamente.

El asegurador, importador/exportador o agente auxiliar del comercio y del Servicio Aduanero, podrá obtener la constancia de baja desde la página "web" institucional, autenticándose con "Clave Fiscal".

El comprobante de baja electrónica será elemento de prueba suficiente para que el contribuyente solicite ante la entidad garante la restitución de los fondos que hubiere depositado en garantía.


Fuente: Anexo IV RG 3885/16



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