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ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas. |
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ID 5349772 Ante la suspensión en el Registro de Importadores y Exportadores por no acreditar solvencia económica, ¿Cuál es el procedimiento a seguir? 25/05/2016 12:00:00 a.m. A efectos de rehabilitar el estado del contribuyente, se deberá constituir una garantía de actuación en los términos de la RG 3885/16. Actualizado el sistema registral se levantará la suspensión automáticamente. Fuente: Anexo RG 2570/09
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