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ID 5094494
¿Cómo se solicita la inscripción? ¿Qué multa corresponde ante la falta de presentación de la declaración jurada?
04/05/2022 12:04:36 p.m.


A los fines de solicitar el número de CUIT, el ciudadano podrá optar por realizar el trámite por Internet o realizarlo de forma presencial. De elegir ésta última, deberá presentar el formulario 460/F, por duplicado, acompañado de DNI (original y fotocopia) y al menos una de las constancias detalladas en el artículo 3 de la RG 10/97.


Finalmente para dar de alta el impuesto deberá ingresar con clave fiscal al servicio "Sistema Registral" opción "Registro Único Tributario" - "Impuestos" - "Modificar Datos".


Asimismo en virtud de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 11.683, cuando existiere la obligación de presentar declaraciones juradas, la omisión de hacerlo dentro de los plazos generales que establezca la AFIP., será sancionada, sin necesidad de requerimiento previo, con una multa de $ 200.


A su vez el artículo 45 de la mencionada norma legal establece que quien omitiere el pago de impuestos mediante la falta de presentación de declaraciones juradas o por ser inexactas las presentadas, será sancionado con una multa del 100% del gravamen dejado de pagar, retener o percibir oportunamente, siempre que no corresponda la aplicación de la sanción por defraudación y en tanto no exista error excusable.



Fuente: AFIP



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