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ID 4614384
Un Monotributista tiene una causal de exclusión, ¿debe tributar de acuerdo al régimen general?
24/09/2018 12:00:00 a.m.

Ante alguna de las causales de exclusión, el Monotributista deberá darse de baja del régimen e inscribirse en el régimen general (IVA, Ganancias y Autónomos de corresponder), dentro de los 15 días hábiles administrativos desde que sucedió la causal, y posteriormente dar cumplimiento a sus obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social de acuerdo a su nueva inscripción.


Fuente: Art. 49 RG 4309/18



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