AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 4504310
¿Cómo se declara el impuesto a los débitos y créditos bancarios al empleador?
08/06/2023 12:31:08 p.m.



El importe del crédito de impuesto a computar, será informado al agente de retención, mediante una nota en carácter de declaración jurada que deberá contener la fórmula por la cual el declarante afirme haberlas confeccionado sin omitir ni falsear dato alguno que deban contener y ser fiel expresión de la verdad.

En caso de encontrarse obligado a presentar el F. 572 "web" a través del sistema con Clave Fiscal "SiRADIG - TRABAJADOR", deberá informarlo a través del citado sistema en la opción "Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta".




Fuente: Art. 32 RG 2111/06 y RG 4003/17



Novedades