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ID 421333
¿Se debe realizar la presentación si no he tenido operaciones?
03/09/2012 12:00:00 a.m.

De no haberse registrado en un período mensual operaciones alcanzadas por el presente régimen, se deberá informar a través del sistema la novedad "SIN MOVIMIENTO".

De tratarse de los sujetos comprendidos en el Capítulo B de la RG 3285/12 (prestadores de servicios, tales como escribanos, bancos, mercados de valores, compañías de seguro, casas de cambio, etc.), cuando se verifiquen al menos 4 presentaciones sucesivas con la novedad "SIN MOVIMIENTO", dichos responsables no estarán obligados a continuar presentando declaraciones juradas en los períodos siguientes, hasta que se produzca una nueva operación alcanzada por el régimen.


Fuente: Art. 10 RG 3285/12



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