ID 408360 ¿Quiénes están obligados a cumplir con este régimen de información?
27/04/2012 12:00:00 a.m.
El régimen deberá ser cumplido por los siguientes sujetos:
Los representantes en el país -cualquiera sea la modalidad de la representación- de los sujetos o entes del exterior.
Quedan exceptuados los gerentes, administradores y responsables de los establecimientos comprendidos en el inciso b) del artículo 69 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, únicamente en relación con su rol de representantes de los citados establecimientos, así como los agentes marítimos comprendidos en los artículos 193 y 194 de la Ley de Navegación 20.094 y sus modificaciones.
Los sujetos obligados deberán cumplir con el presente régimen aun cuando por su intervención no perciban retribución alguna.