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ID 3972676
Evento 1607 - LOS VÍNCULOS DE FAMILIA QUE SE DEBEN INGRESAR EN SIMPLIFICACIÓN REGISTRAL, ¿SON SOLO AQUELLOS POR LOS CUALES EL TRABAJADOR TIENE DERECHO A ALGÚN BENEFICIO DE ASIGNACIONES FAMILIARES O DE OBRA SOCIAL?, ¿O SE DEBEN CARGAR TODOS LOS FAMILIARES?
30/04/2013 12:00:00 a.m.

El empleador tiene que comunicar las novedades de familia que no vengan del padrón de personas de la ANSeS. Es decir, previamente deberá solicitar la consulta, a través del sistema Simplificacíon Registral, para verificar los vínculos asociados a sus empleados. Una vez verificado esto, deberá informar aquellas novedades (hijos menores, esposas, convivencia, tutela, etc.) que sean potenciales titulares de un beneficio (pensión, asignaciones familiares, obra social, etc.). Si el hijo supera los 25 años no deberá informarlo, excepto que sea discapacitado. Tenga en cuenta que para la Obra Social el hijo es beneficiario hasta los 25 años si se encuentra cursando estudios universitarios, de lo contrario también lo ingresará hasta los 18 años de edad.


Fuente: CIT AFIP



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