AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 383356
¿Cómo determino el importe a retener?
25/10/2005 12:00:00 a.m.

El importe de la retención a practicar se determinará aplicando la alícuota del 1%, sobre las bases de cálculo que, para cada caso, se indican a continuación, según se trate de:

a) Operaciones de ventas de cosas muebles, locaciones de obras, locaciones de cosas y de locaciones o prestaciones de servicios, gravadas por el impuesto al Valor Agregado: El precio neto gravado por el citado impuesto que resulte de la factura o documento equivalente.

b) Pagos de la Administración Central, Entes Autárquicos y descentralizados a los sujetos que exploten servicios públicos con motivo de los servicios prestados:

El importe de cada pago, sin deducción de suma alguna por compensación, materiales y toda otra detracción que por cualquier concepto lo disminuya, excepto el monto correspondiente al débito fiscal del impuesto al valor agregado, siempre que la operación que origine dicho pago se encuentre gravada y el beneficiario del pago tenga el carácter de responsable inscripto ante el citado impuesto.


Fuente: Art.9 RG 1784/04



Novedades