05/03/2012 12:00:00 a.m.
Están excluidos de este régimen, los conceptos que se indican seguidamente:
a)Las operaciones alcanzadas por los regímenes de retención y/o percepción que se
detallan a continuación:
1. Retención sobre Servicios eventuales.
2. Retención sobre Empresas constructoras.
3. Retención sobre Prestadores de servicios de limpieza de inmuebles.
4. Percepción sobre Vales alimentarios y/o cajas de alimentos.
5. Retención sobre Actividad tabacalera.
6. Retención sobre Prestadores de servicios de investigación y seguridad.
b)Las operaciones alcanzadas por regímenes de retención y/o percepción específicos, que establezca esta Administración Federal para el ingreso de las obligaciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social.
c)Las operaciones exentas o no alcanzadas por el impuesto al Valor Agregado, excepto las concesiones públicas.
d)Los pagos efectuados mediante el régimen de "Caja Chica" por la Administración Central de la Nación, de las provincias, municipalidades y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e)Las operaciones de venta de:
1. Animales vivos de las especies de ganados bovinos, ovinos, porcinos, camélidos, caprinos y equinos.
2. Carnes y subproductos -despojos aptos o no para el consumo humano- de las especies de ganados mencionadas precedentemente, efectuadas por consignatarios directos de hacienda, de carnes y/o de carnes mediante sistemas de proyección de imágenes, siempre que se encuentren incriptos en el Registro de Matriculados a cargo de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.
3. Cueros de las especies de ganados mencionados, incluso depilados o divididos, siempre que sean frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparados de otra forma.
4. Granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y de legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas-.
5. Leche fluida sin procesar de ganado bovino.
6. Miel a granel
Fuente: Art. 2 RG 1784/04