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ID 3478514
¿Qué datos del empleado no se pueden modificar una vez comunicada el alta?
01/08/2006 12:00:00 a.m.

La modificación de datos en general corresponderá cuando se omita o consigne erróneamente algún dato al generar el alta o la baja anticipada del trabajador. No existe obligación de informar la novedad cuando cambia la modalidad de contratación.

Los datos complementarios como NOMBRE, APELLIDO, NACIONALIDAD, SEXO no son editables. Si necesita corregir algún error u omisión, tenga en cuenta que si el empleado posee CUIT debe dirigirse a la dependencia de la AFIP correspondiente según su domicilio fiscal. De lo contrario, si posee CUIL, deberá acercarse a alguna UDAI de la ANSeS, para modificar dicho error. Este es un trámite que realiza el empleado directamente.


Fuente: CIT AFIP



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