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ID 3033534
¿Cómo se ingresan las multas de Seguridad Social los Empleadores?
25/07/2019 12:00:00 a.m.

Deberá efectuarse mediante volante electrónico de pagos (VEP), bajo los códigos que para cada caso se indican a continuación:

Impuesto

Concepto

Subconcepto

Descripción

784

108

108

Trabajadores no registrados

351

167

167

Mora en el pago de aportes y contribuciones

351

168

168

Falta de regularización del saldo deudor con el Régimen Nacional de Jubilaciones y Pensiones

Falta de inscripción del empleador

Falta de denuncia de trabajadores

Incumplimiento relativo a la retención de aportes

Negativa infundada a suministrar información

Incumplimiento a la tramitación en término de la anulación de la comunicación de alta en el Registro

Incumplimiento a la tramitación en término de la clave de alta temprana del trabajador (infracciones cometidas con anterioridad al 16/11/2003)

Falsa declaración o adulteración de datos respecto de los empleados o el empleador mediante el cual se invoque un beneficio de reducción en las alícuotas de aportes y/o contribuciones

Presentación extemporánea de planillas o de declaraciones juradas informativas del personal ocupado

Archivar y mantener a disposición la documentación relativa a las cargas de familia

Para acceder a una Guía Paso a Paso sobre como generar un VEP, ingrese aquí.


Fuente: Art. 31 RG 1566/03



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