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ID 2984352
Una vez producida la caducidad ¿cuándo puedo volver a presentar este plan de facilidades de pago?
18/05/2006 12:00:00 a.m.

Operada la caducidad del plan de facilidades de pago solicitado, el importador no podrá acceder nuevamente a este beneficio, desde la fecha en que se produjo el hecho que la generó hasta después de transcurridos 3 meses calendarios inmediatos siguientes al día en que se haya abonado el total de la deuda emergente de la referida caducidad.


Fuente: Art.4 RG 2049/06



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