ID 2942196 Cuando se presenta una declaración jurada por internet y se debe abonar un importe, ¿la fecha del pago bancario debe coincidir con la fecha de la presentación de la declaración jurada o puede mediar un lapso entre ambas fechas?
17/05/2006 12:00:00 a.m.
La presentación de la declaración jurada y el pago del saldo resultante, deberá efectuarse hasta los días que fija el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año fiscal según el impuesto de que se trate.