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ID 2942196
Cuando se presenta una declaración jurada por internet y se debe abonar un importe, ¿la fecha del pago bancario debe coincidir con la fecha de la presentación de la declaración jurada o puede mediar un lapso entre ambas fechas?
17/05/2006 12:00:00 a.m.

La presentación de la declaración jurada y el pago del saldo resultante, deberá efectuarse hasta los días que fija el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año fiscal según el impuesto de que se trate.


Fuente: Art. 20 Ley 11.683



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