La base imponible será la que resulte de aplicar al monto neto de cada premio, el 90 % del mismo, menos la deducción de los descuentos que sobre él provean las normas que regulen el juego o concurso.En caso de premios en especie el monto será fijado por la entidad organizadora o en su defecto, el valor corriente en plaza el día en que se perfeccione el derecho al cobro.