ID 2775914 Por pagos mayores a $ 1.000, ¿corresponde cancelar con cheque o transferencia? ¿Qué sucede cuando se compensan cuentas entre cliente/proveedor por cifras superiores a esos $ 1.000?
05/05/2006 12:00:00 a.m.
La cancelación de obligaciones mediante compensaciones u otro de los modos de extinción admitidos, distintos del pago, no se halla sujeta al cumplimiento de la Ley 25.345.