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ID 274377
¿Qué trámite debe realizarse en caso de no tener más empleados en relación de dependencia, sin que ello implique la cancelación de la inscripción como empleador?
16/11/2023 05:39:36 p.m.



Aquellos empleadores que en un período mensual no hayan ocupado personal en relación de dependencia quedan obligados a presentar el formulario de declaración jurada N° 931 que contendrá la leyenda "Sin empleados", consignada por la aplicación.

Esta obligación se cumplirá, únicamente, respecto del primer mes en el que se verifique la condición descripta, correspondiendo reiterar la presentación sólo cuando la mencionada situación se interrumpa con un período mensual que origina la obligación de determinación e ingreso de los aportes y contribuciones.



Fuente: Art. 5, Resolución General N°. 3834/99



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