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ID 2740784
Una persona que realiza una actividad independiente por la que reviste la condición de Monotributista y a su vez ejerce la dirección, administración o conducción de sociedades no comprendidas en el Régimen Simplificado o comprendidas y no adheridas al mismo, ¿Debe aportar al régimen de autónomos y simultáneamente el aporte previsional del Monotributo?
21/08/2020 12:00:00 a.m.

Si, debe ingresar ambas cotizaciones, en caso de que en el monotributo corresponda pagar el aporte jubilatorio.


Por los ingresos correspondientes al ejercicio de la dirección, administración, conducción de las sociedades no comprendidas en el Monotributo, o comprendidas y no adheridas al mismo, deberá cumplirse con los aportes jubilatorios establecidos por el régimen general vigente, y por el Monotributo, abonará el aporte que corresponde a su categoría.


Fuente: AFIP



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