AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 26145243
¿Qué ocurre si el estado de la declaración jurada es “observada”?
27/04/2023 03:23:08 p.m.


En
caso de que el agente aduanero verifique que el valor declarado para
el producto del envío es menor al valor real, modificará de oficio
el valor declarado por el correspondiente dando lugar al estado de
"observada" de la declaración jurada. El ciudadano deberá
ingresar nuevamente a la declaración jurada e imprimir el VEP que se
generará con el nuevo monto a pagar y lo habilitará al retiro del
envío en sucursal; de no proceder según lo indicado, el pedido no
podrá ser retirado.







Fuente: AFIP



Novedades