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ID 26144688
¿Cómo debe proceder una persona jurídica para ingresar al REPI?
19/11/2021 01:12:45 p.m.




Para que una persona jurídica pueda ingresar al REPI, la persona humana que actúa como representante de la misma, deberá adherir el servicio web del REPI tanto para la CUIT de la persona jurídica como para la CUIT personal. Una vez realizadas ambas adhesiones, al ingresar al REPI deberá seleccionar la CUIT de la representada.





Fuente: AFIP



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