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ID 26144617
¿Cuáles son las condiciones de cancelación para la aplicación del beneficio de condonación/exención de intereses, multas y demás sanciones?
06/10/2021 01:12:25 p.m.




El beneficio de la condonación de intereses, multas y demás sanciones procederá si se cancelan las obligaciones bajo algunas de las siguientes condiciones:

a) Se hayan cancelado con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la Ley

b) Se cancelen mediante pago al contado, hasta la fecha en que se efectúe el acogimiento a la moratoria.

c) Se cancelen totalmente mediante el plan de facilidades de pago establecido por la AFIP, en hasta 60 cuotas mensuales y con una tasa de hasta el 1,5% mensual.






Fuente: AFIP



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