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ID 26144548
¿Cómo deben calcularse los intereses?
28/07/2021 11:10:15 a.m.

Los intereses podrán ser calculados desde la opción “Cálculo de intereses resarcitorios” y se deberá indicar como “fecha de vencimiento” la fecha en que se hayan acreditado las sumas en las cuentas de los trabajadores.
Fuente: AFIP



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