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ID 26144521
En los casos en que el traslado de los derivados granarios se realice mediante un transporte de ferrocarril, ¿se deberá confeccionar una Carta de Porte Electrónica – Derivados Granarios por operativo o un comprobante por cada vagón?
14/01/2025 01:10:17 p.m.

Cuando el traslado de derivados granarios se realice mediante un transporte ferroviario, se deberá confeccionar una Carta de Porte Electrónica – Derivados Granarios (CPEDG) por cada uno de los vagones que forman parte del operativo.


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