ID 26087075 Los empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados que no sufrieron retenciones del Impuesto a las Ganancias o les fueron devueltas generando saldo cero o a favor en 2023 y no se encuentran inscriptos en dicho impuesto ¿Tienen que informar las percepciones de la Resolución General AFIP N° 4815/2020 (Cod: 217-Impuesto a las Ganancias) en SiRADIG?
10/04/2024 12:19:40 p.m.
No, en este caso la devolución se tramita ingresando mediante clave fiscal al servicio "Devolución Percepciones" de la web de la AFIP.
Fuente: Título II- Resolución General AFIP N° 4815/2020