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ID 26085026
¿Es posible computar las percepciones de la Resolución General AFIP 4815/2020 practicadas en el año 2023 incluidas en liquidaciones de tarjetas de crédito donde el pago del resumen y/o liquidación de la tarjeta opere en el año 2024?
13/12/2023 02:58:22 p.m.


No.
Las percepciones informadas en liquidaciones de tarjetas de crédito
donde el pago opere en el año 2024 deberán ser ingresadas en el
SiRADIG correspondiente a dicho período, a partir de enero 2025.


Fuente: AFIP



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